Poca claridad en la participación de pueblos indígenas en el proceso constituyente

Todavía no se sabe el número de escaños ni cuál será el padrón electoral indígena. Además, no hay claridad en cómo la Convención Constitucional resolverá los acuerdos que exigen se consultados.
Las mayoría de las agrupaciones mapuche que se encuentran movilizadas se inclinan por la existencia de una constituyente propia, paralela a la que se realizará en el itinerario acordado en noviembre pasado, sin embargo, entregan su opinión acerca de los problemas que se están generando en la participación de los pueblos indígenas, en caso de que sea aprobada la realización de la Convención Constitucional. Aucan Huilcaman, dirigente del Consejo de Todas la Tierras, Aukiñ Wallmapu Ngülam, en su intervención de enero del presente año, ante la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento sobre Escaños Reservados para Indígenas del Senado, indicó que los pueblos indígenas y particularmente el pueblo mapuche, “tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico social y cultural”. Agregando que, “Este derecho no está sujeto, ni subordinado a ninguna otra norma nacional ni internacional, no existe derecho más alto que la libre determinación”. Ante ello, Huilcaman solicitó “la petición formal que, se reconozca y acepte el Proceso Constituyente Mapuche que desembocará en un Estatuto y cuya norma establecerá los ámbitos y áreas de relaciones institucionales aceptables y que la Nueva Constitución que redactarán nuestros vecinos chilenos se armonice en áreas comunes en los ámbitos institucionales y jurisdiccionales de ambos pueblos y de ambas culturas, considerando que el pueblo mapuche es un pueblo cultural, social y racialmente diferente. Por tanto, reitero el llamado a que No se establezcan los Escaños Reservados, por su ineficacia jurídica, constitucional e institucional y se acepte el Proceso Constituyente Mapuche como lo he señalado.”
Las razones que entregó para rechazar los Escaños Reservados aluden a que en América Latina “la experiencia de más de dos décadas de vigencia de esta práctica constitucional confirma que no se ha resuelto satisfactoriamente la relación institucional entre los Estados y los Pueblos Indígenas. Lo que indica que no es la fórmula política adecuada y aceptable para resolver las tensiones y controversias entre los Estados y los pueblos indígenas en materia de derechos humanos de orden tangibles e intangibles, del derecho al territorio, sus recursos, la propiedad intelectual, entre otros derechos de naturaleza colectiva”.
Finalizó su intervención entregando una copia del proyecto de redacción del Estatuto Mapuche que condensa los acuerdos del proceso iniciado en el Cerro Ñielol, el 30 de noviembre de 2016.
Un problema complejo es el padrón de los pueblos originarios, se critica que con la autoidentificación fue otorgada la calidad de indígena a personas que no lo son.
El acuerdo sobre los escaños indígenas en la convención constitucional debe alcanzarse en el Senado en las próximas semanas, quedando poco tiempo para resolver una situación compleja, la que determinará la participación y, lo más importante, debería satisfacer a los pueblos originarios. Debe determinarse el mecanismo de elección y, cómo se confecciona el padrón, cuestión sumamente compleja, ya que el registro de la Conadi, al margen de las críticas por el reconocimiento a personas no indígenas, comprende a una fracción de las personas que se reconocen como integrante de una etnia originaria, que según el censo del 2017 es cercano al 13% del total de los habitantes del país. Además, un 80% pertenece a la nación mapuche la que cuenta con una variedad de identidades en su interior, complicando, aún más, especificación y elección de los eventuales delegados, si bien, todavía no se tiene claro la cantidad de escaños. Asimismo, un factor relevante radica en quiénes pueden ser candidatos, ya que se plantea que la Conadi ha sido utilizada por los partidos de distintos gobiernos de turno, para cooptar militantes, sobre todo, en los grandes centros urbanos, por lo tanto, las comunidades no quedarían bien representadas. Un detalle que no es menor, consiste en la calidad de quienes están definiendo el problema, por su lejanía con el mundo indígena, se corre el riesgo de que se imponga lo “técnico”. Otro aspecto, es la relación entre los acuerdos alcanzados y las condiciones que imponen los tratados internacionales, sobre todo, lo relacionados a la obligatoriedad del derecho a consulta cuando se resuelve un tópico que atañe a pueblos originarios. En tal sentido, queda la duda si lo que acuerde el Senado debe ratificarse a través de una consulta indígena y, en el caso que así fuese, cómo se implementa.
Estos y otros elementos a definir, son lo que debe resolver el Parlamento chileno. La existencia de dos visiones y la complejidad para resolver los nudos existentes, auguran una situación que como mínimo, tendrá una alta complejidad y cuya resolución está forzada por el poco tiempo disponible.