Es tiempo de avanzar en la implementación de la Asamblea Constituyente

El 25 de octubre será un paso más y la mejor opción que de allí salga, solo alcanza para el mínimo avance que el negociado de noviembre permitió obtener. Pero el proceso constituyente no puede agotarse en la convención constitucional, es mucho más amplio y si no incluye al pueblo como soberano será una farsa.
La Derecha asumió que no tiene fuerza para frenar la consulta del 25, ni tampoco ganarla, pero eso no significa que abandone el objetivo de aplazarla o derechamente no hacerla. Pero igual desarrolló un argumento que ubica como hilo conductor la existencia de un itinerario institucional que evolucionó desde la Dictadura, en especial los acuerdos de 1989 hasta nuestros días, pasando por las reformas de Lagos, destacando que estas no fueron plebiscitadas como las de dicho año. Esta evidencia es central para dar coherencia, relato y capacidad de control a sus huestes. Lo podríamos llamar la continuidad del orden adquirido después de la crisis que eclosionó durante 1973. Además, el diseño derechista defiende sin rodeos la delegación o representación de la voluntad popular, lo que reafirma su concepción elitista de la política, mostrando la orfandad de ideas para enfrentar las dificultades de la democracia del siglo XXI y que tiene al mundo en una convulsión sin precedentes. Otras dos ideas más pedestres y coyunturales se refieren a señalar como negativo el término del binominal, porque la dispersión no permitiría llegar a grandes consensos entre los dos grandes bloques de la política nacional, permitiendo la existencia de un parlamentarismo que impide el ejercicio pleno de las facultades de la presidencia de la república.
La otra noción, es lo que denominan “la paz necesaria” para contextuar toda discusión política, lo que apunta a excluir al movimiento social del proceso constituyente y que en lenguaje más profano designan como chantaje o coacción de la calle.
¿Dónde se ejercerá la soberanía popular?
En términos simples, en política el concepto soberano significa que una persona o estructura no tiene encima de ella otro poder de decisión a quien deba remitirse o darle cuenta, o sea, es la máxima expresión de voluntad sin discusión alguna. Por ello, la mención a la soberanía popular se refiere a la capacidad del pueblo para decidir sobre todas las cuestiones que le atañen haciéndolas leyes. Por ello, cuando se declara en estado de asamblea, es porque está ejerciendo directamente tal potestad. En la Convención Constitucional, que con seguridad aprobará el plebiscito, no se ejercerá la soberanía popular, debido a que los eventuales delegados constituyentes serán elegidos por los partidos políticos y, además, existen amarres acordados con antelación como los quórums o los tratados internacionales, entre otras cosas. Ciertos dirigentes plantean que una vez constituida, la convención debe declararse soberana y desechar lo acordado en noviembre, pero seguiría siendo delegativa.
La gran disyuntiva es despejar si el proceso iniciado en octubre derivará al ejercicio de la soberanía popular o permanecerá como diseño delegativo.
La mayoría del país se inclina por una asamblea constituyente pero en los hechos, esta ha sido desechada. El punto es si dicha mayoría es capaz de ejercer sus derechos y si así fuese, debería resolver cómo lo hace. No son pocas las opiniones de dirigentes y ciertas organizaciones que ya han entregado su opinión a favor de realizar una asamblea constituyente de carácter autoconvocado, inclusive, adelantan gestiones en tal dirección, lo que es correcto, pero algunos la plantean como contrapuesta a la participación en el próximo plebiscito. ¿Son excluyentes ambas iniciativas? Aparentemente no lo son, ya que en ambas se ejerce soberanía, por muy limitada que sea en el caso de la consulta de octubre, la que además, no debería ser un impedimento para la realización de una asamblea constituyente autoconvocada. Quienes se oponen a esta última señalan que sería un saludo a la bandera si no tiene el carácter de vinculante a la institucionalidad vigente, pero, este no es un tópico reducido solo a la normativa reinante, es esencialmente un tema político, por lo tanto, referido a la correlación de fuerzas, vale decir, si la asamblea constituyente es un acto marginal y autorreferente, sólo será un testimonio. Sin embargo, si logra aunar a una mayoría ciudadana, es muy distinto. Por ello, es necesario darle contenido y estructura a las miles de iniciativas de análisis y discusión sobre un nuevo Chile, que se desarrollaban en los barrios, colegios, empresas, servicios, minas, campos y otros lugares. Debe rearticularse como poder constituyente, de lo contrario, este se concentrará en el Estado y otras instituciones, sin diferenciarse mucho del poder constituido, tal como lo quieren Derecha y gobierno. No existe argumento que señale como error la realización de una asamblea constituyente autoconvocada desde las bases territoriales, ya que no se contrapone a ninguna iniciativa, todo lo contrario, es fundamental en todo el proceso. La gran dificultad se encuentra en la capacidad para implementarla, aunque también hay algo de indecisión en los dirigentes.
Se debe generar la iniciativa, con criterio y amplitud, entender que no es discusión estéril, sino una forma de lucha que se vuelve la principal en estos momentos. Si su desarrollo es complementario o superación de lo que se efectúa en el plano institucional, dependerá de la madurez y fuerza del pueblo.